Recepción de herencia: causa de extinción de pensión compensatoria
21.07.2014 21:47
El Tribunal Supremo ha sentado jurisprudencia al entender que, en interpretación de los artículos 100 y 101 del Código Civil, "el hecho de recibir una herencia es una circunstancia en principio no previsible, sino sobrevenida, susceptible de incidir favorablemente en la situación económica del beneficiario o acreedor de la pensión, y como tal determinante de su modificación o extinción" (Fundamento Jurídico Tercero).
Acceda a la sentencia íntegraSTS 852_2014_pensión compensatoria_modificación de medidas.pdf (159242)