Proyecto de Ley Estatuto de la Víctima del Delito

01.09.2014 10:30

Aprobado el Proyecto de Ley del Estatuto de la Víctima del Delito. El proyecto incorpora un catálogo general de derechos y otras medidas de protección procesales y extraprocesales de las víctimas de delitos. Se dispone así, entre otras cuestiones, la posibilidad de recurrir el auto de concesión de libertad condicional al penado, aún sin estar personadas en la causa, en los casos de delitos del artículo 36.2 párrafo 2º del Código Penal que lleven aparejada una pena superior a cinco años de prisión (art. 13.1.c); además, las autoridades y funcionarios encargados de la investigación penal velarán porque se reciba declaración a las víctimas “el menor número de veces posible”, tan solo cuando “resulte estrictamente necesario para los fines de investigación penal” (art. 21.b); del mismo modo, se prevé la posibilidad de evitar el contacto visual con el presunto autor, incluso durante la práctica de la prueba (art. 25.2.a); etc.

 

Acceda al Proyecto de Ley.2014_09_01_10_23_Proyecto Ley_Estatuto Víctima Delito.pdf (231016)

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