INCONSTITUCIONALIDAD Y NULIDAD DEL SISTEMA OBJETIVO DE CÁLCULO DE LA BASE IMPONIBLE DEL IMPUESTO DE PLUSVALÍA
04.11.2021 08:00
El Tribunal Constitucional ha declarado la inconstitucionalidad y nulidad de los arts. 107.1 segundo párrafo, 107.2 a) y 107.4 del texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales.
Según la sentencia, de 26 de octubre de 2021, la regulación que llevan a cabo esos artículos conduce a un resultado que se aleja notablemente de los valores reales de los inmuebles en el mercado inmobiliario. Por ello, considera que son inconstitucionales y nulos.
En cuanto al alcance de la declaración de nulidad, no pueden considerarse situaciones susceptibles de ser revisadas con fundamento en esta sentencia, aquellas obligaciones tributarias devengadas por este impuesto, que a la fecha de dictarse la misma hayan sido decididas definitivamente mediante sentencia con fuerza de cosa juzgada o mediante resolución administrativa firme.
Puede acceder al texto de la Setencia en el siguiente enlace: STC_nulidadplusvalía.pdf (510963)