Fin a la dispensa de togas, a los juicios telemáticos y las limitaciones a las Salas de vistas
10.07.2023 11:50
Desde el 5 de julio, todas las medidas organizativas y tecnológicas adoptadas por los órganos judiciales para hacer frente a la pandemia quedarán privadas de eficacia.
El CGPJ deja sin efecto las medidas adoptadas por los órganos judiciales para hacer frente a la pandemia. Después de que el Boletín Oficial del Estado publicase el fin de la obligatoriedad de llevar mascarillas en centros sanitarios, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha acordado trasladar a los órganos gubernativos del Tribunal Supremo, Audiencia Nacional y Tribunales Superiores de Justicia que deberán abstenerse de adoptar las medidas organizativas y tecnológicas previstas en la ley para hacer frente a la crisis sanitaria causada por el COVID-19, así como dejar sin efecto las que se encuentren vigentes en este momento.
Esta decisión, es consecuencia del acuerdo adoptado el pasado día 4 por el Consejo de Ministros, que declaró la finalización de la situación de crisis sanitaria provocada por el COVID-19. En el ámbito de la Administración de Justicia, dicho acuerdo supone la suspensión de medidas tales como celebración telemática de actos procesales, limitaciones en el acceso a las salas de vistas, dispensa de la utilización de togas o establecimiento de formas no presenciales de atención al público, entre otras, previstas en la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19.
La dispensa de la utilización de togas se estableció en el artículo 17 de la Ley 3/2020 de 18 de septiembre de medidas procesales y organizativas para hacer frente al Covid-19 en el ámbito de la Administración de Justicia. En principio se decretó hasta el 20 de junio de 2021 pero, a petición del Consejo General de la Abogacía, esa exención se extendió hasta que desaparecieran todas las restricciones impuestas como consecuencia de la pandemia.