El Supremo avala rebajar penas por el 'solo sí es sí' pero insiste en analizar "caso a caso"

30.11.2022 11:01

    El Tribunal Supremo (TS) se ha pronunciado este martes sobre la aplicación de la 'ley del solo sí es sí' en el marco del 'caso Arandina', estableciendo que se podrá rebajar la pena a los condenados por delitos sexuales debido a la entrada en vigor de la nueva norma, si bien ha insistido en la necesidad de analizar caso por caso.

    Según ha informado el tribunal, desde la Sala de lo Penal se ha incidido en que "la Ley 10/2022 podrá aplicarse en beneficio del reo cuando se fije ahora una pena inferior en aquellos supuestos en los que así proceda, pero analizando caso por caso, y no de forma global".

    Esto contrasta con el criterio marcado la semana pasada por el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, para que no se modificaran penas cuando puedan ser impuestas con el nuevo marco penal, un criterio que evitaría una rebaja "automática" de condenas. En concreto, el jefe del Ministerio Público dictó un decreto para que los fiscales diesen "una respuesta uniforme" a las revisiones de condenas firmes suscitadas por la entrada en vigor de esta ley".

    Es la primera vez que el Supremo se pronuncia públicamente sobre la ley que entró en vigor el pasado 7 de octubre, aunque no es la primera vez que analiza un caso de abuso y/o agresión sexual tras dicha reforma.

    Fuentes jurídicas consultadas han indicado que este mismo martes la Sala Segunda analizará otros recursos de casación contra casos de abusos y agresiones sexuales ocurridos en Canarias, Andalucía y Castilla-La Mancha. La semana pasada, han precisado, el tribunal ya examinó otros, entre ellos uno referido a Baleares.

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