Aprobado por el CGPJ el informe al anteproyecto de ley de Eficiencia Digital del Servicio Público de Justicia.

25.02.2022 12:15

Los miembros del órgano de gobierno de los jueces han acordado introducir una nueva conclusión advirtiendo que el anteproyecto de Ley de Eficiencia Digital del Servicio Público de Justicia incide en el progresivo desapoderamiento del Consejo en esta materia que viene observándose al menos desde 2015, con la aprobación de normas como las Leyes Orgánicas 7/2015 y 4/2018, ambas de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

“En el texto objeto de informe las potestades y funciones de este órgano de gobierno del Poder Judicial, al que corresponde la garantía institucional de la independencia en el ejercicio de la potestad y de la función jurisdiccional, aparecen difuminadas, si no abiertamente eludidas o preteridas, en el marco tecnológico que diseña la ley proyectada, en lo que no es sino un hito más de un proceso de desapoderamiento que arranca en la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, y continúa con la Ley Orgánica 4/2018, de 28 de diciembre”, señala la nueva conclusión.

En esta línea, el informe señala que en el anteproyecto “se da preeminencia a una difusa Administración de Justicia y a organismos incrustados en ella, como el Comité Técnico Estatal de la Administración Judicial Electrónica (CTEAJE), al que se atribuyen numerosas e importantes funciones a la hora de completar e implementar las medidas tecnológicas proyectadas”.

El texto aprobado cita además otros ejemplos como la preterición de la facultad del CGPJ de proveer de firma electrónica a los jueces y magistrados, establecida en la Ley 18/2011, o la subordinación a la autorización de la administración prestacional (Ministerio de Justicia o Comunidades Autónomas con competencias transferidas) del acceso a los sistemas de información por los órganos del CGPJ con competencias de inspección y control.

También advierte el dictamen de la invasión de la competencia reglamentaria del CGPJ en aspectos de la norma referidos al funcionamiento de los órganos de gobierno de los juzgados y tribunales.

El informe, que respalda el objetivo último del anteproyecto, esto es «la adaptación de la realidad judicial española del siglo XXI al marco tecnológico contemporáneo» con el fin de agilizar la respuesta de los órganos judiciales, realiza varias advertencias sobre la necesidad de una regulación adecuada de dicho desarrollo en la medida en que puede afectar a la independencia del Poder Judicial y al derecho constitucional a la tutela judicial efectiva.

El informe advierte de que el anteproyecto no determina con claridad el destinatario de las medidas que contiene, por lo que se genera una confusión entre el ámbito de actuación que es propio de la Administración de Justicia y el del Poder Judicial, quedando el de este último diluido en relación con el que se quiere dotar al primero.

Tras recordar que la Comisión Europea ya ha advertido del riesgo que supone la incorporación de la inteligencia artificial a la Justicia, el Pleno recuerda la importancia de contar con una regulación completa y garantista en la que, a diferencia de lo que prevé el anteproyecto, el CGPJ juegue un papel determinante en su condición de órgano de gobierno del Poder Judicial y como garante de la independencia constitucionalmente garantizada de jueces y magistrados. El informe afirma que pueden verse afectados el derecho a la tutela judicial efectiva y el derecho de los ciudadanos a obtener resoluciones fundadas dictadas por un “juez-persona”.

 

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